No se permitirán las "cuotas obligatorias" como condicionantes para la prestación del servicio educativo

Advierten a escuelas que condicionan inscripción de alumnos

La Secretaría de Educación y Deporte informó que no se puede condicionar la inscripción al pago de aportaciones, ni el servicio que prestan las escuelas públicas, con motivo de la omisión de alguna cuota voluntaria, por lo cual, advierte que habrá sanciones para las y los directivos.

La dependencia señaló que no se permitirán las “cuotas obligatorias” como condicionantes para la prestación del servicio educativo, ya que todas las niñas, niños y adolescentes tienen garantizado un espacio, el cual no está ligado a una aportación, sino al proceso de inscripciones y preinscripciones.

Al inscribirse, alumnas y alumnos de Educación Básica tienen derecho a una serie de beneficios que se otorgan de forma gratuita, como son el Seguro Escolar y la entrega de los Libros de Texto Gratuitos.

Sin embargo, esta medida no limita el compromiso que siempre han mostrado las asociaciones de padres de familia para generar proyectos de desarrollo en favor de los centros escolares, los cuales también son de beneficio para el alumnado de dichas escuelas.

En el caso de las donaciones o cuotas voluntarias, las autoridades educativas de los niveles federal y estatal, en el ámbito de su competencia, establecerán los mecanismos para la regulación, destino, aplicación, transparencia y vigilancia de las mismas.

En ningún caso se podrán condicionar, el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, o la entrega de documentación a los educandos, ni se deberá afectar en sentido alguno, la igualdad en el trato a los alumnos y alumnas.

En el Artículo 130 BIS de la Ley Estatal de Educación, se establece que las Asociaciones de Padres de Familia tendrán por objeto, participar en la aplicación de cooperaciones en numerario, bienes y servicios que, en su caso hagan las propias asociaciones al establecimiento escolar.

Estas cooperaciones serán únicamente de carácter voluntario y según lo dispuesto por la ley en la materia y en ningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo.

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