Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideraron constitucional la reforma a la Ley Estatal de Educación de Chihuahua, aprobada en 2025 y que generó revuelo a nivel nacional, debido a que se interpretó que la entidad había conseguido prohibir el uso del lenguaje inclusivo en las escuelas.
Esto ocurrió luego de que los legisladores aprobaran una modificación para “promover el uso correcto” de las reglas gramaticales y del español. Sin embargo, las autoridades advirtieron que la sentencia no podía considerarse como una prohibición al uso del lenguaje inclusivo en las escuelas ni como una medida para excluirlo de los programas educativos.
La controversia surgió luego de que la modificación a las leyes chihuahuenses escalara, en cuestión de días, al ámbito nacional, pues se aseguró que con la reforma se prohibiría el lenguaje inclusivo en las escuelas del estado. Mientras tanto, colectivos de defensa de los derechos humanos y de la comunidad LGBTQ+ advirtieron sobre presuntos discursos de odio contenidos en la exposición de motivos.
Al respecto, el departamento jurídico de la Presidencia de la República y la bancada de congresistas locales de Morena presentaron dos acciones de inconstitucionalidad una vez que la modificación fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, al considerar que la reforma al marco legal chihuahuense generaba discriminación.
No obstante, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que los señalamientos hechos por Morena y por la Presidencia de la República eran infundados, es decir, que no acreditaron de qué forma la modificación podía generar discriminación.
A pesar de ello, se advirtió que la norma “no puede interpretarse como una prohibición del lenguaje inclusivo ni utilizarse para excluirlo de las escuelas”.
El dictamen, promovido por Acción Nacional, de la mano del diputado local Carlos Olson San Vicente, y aprobado dentro de la Comisión de Educación, Cultura Física y Deporte, presidida por el diputado morenista Óscar Avitia Arellanes, reforma la Ley Estatal de Educación y agrega la fracción XXV al artículo 8, estableciendo que las instituciones educativas tendrán la obligación de fomentar el uso correcto de las reglas gramaticales y ortográficas del idioma español.
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Sin embargo, una vez que se hizo del conocimiento público el dictamen, colectivos defensores de los derechos humanos, entre ellos el Comité de la Diversidad Sexual de Chihuahua y ADELA (Alianza por la Defensa del Estado Laico), advirtieron que en un fragmento del documento se citaba a la lingüista Concepción Company Company, quien afirma que el lenguaje inclusivo es un distractor de los verdaderos problemas sociales, que solo el 3 por ciento de la gramática española depende del sexo del referente y que “por naturaleza el lenguaje es inclusivo sin necesidad de tergiversar la lengua ni agregar complejidad a la comprensión lectora”.
Una vez que se dio a conocer la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el diputado promovente, Carlos Olson, celebró la misma por medio de un comunicado oficial, afirmando que sí se prohibía el lenguaje inclusivo en las escuelas, a pesar de las especificaciones del Alto Tribunal.
“En Chihuahua seguiremos defendiendo una educación basada en el aprendizaje, la claridad del lenguaje y el respeto a los derechos de los padres de familia. La escuela debe ser un espacio para enseñar conocimientos y no para promover ideologías”, expresó.






